¿Hasta cuándo se percibe el subsidio por IT una vez expedida alta médica por curación tras agotarse el período de 365 días? El TS resuelve definitivamente la cuestión

27.02.2015 10:01

Una de las cuestiones debatidas, respecto de la prestación económica de la Seguridad Social por incapacidad temporal (IT), ha venido siendo el momento en que el beneficiario de la misma cesa en su percibo, en el sentido de si ese cese se producía en la fecha de la resolución de la Entidad gestora respectiva o, en su caso, la percepción se prolongaba hasta el momento en que el acto administrativo era notificado al interesado.

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